Actualizado el 12/04/2024
En el post de hoy hablaremos de otra de las clasificaciones más comunes para los recursos como la que se basa en el ámbito del mismo. O dicho de otra forma, un recurso puede clasificarse atendiendo a sus motivos en ordinario u extraordinario. Vamos a ver qué significa cada uno a continuación.
¿Qué es un recurso ordinario?
Los recursos ordinarios hacen referencia a los medios de impugnación que no poseen un número limitado de motivos para su presentación. Es lo que se conoce en derecho como numerus clausus.
Por ejemplo, un recurso ordinario podría ser el de apelación ya que no hay una serie de motivos establecidos para que pueda ser interpuesto ante un tribunal.
Hay que tener en cuenta, que la parte que recurre puede solicitar que el recurso se adapte a unos objetivos delimitados. En ese caso, la otra parte involucrada en el juicio y los tribunales, deberán adaptarse y ajustar sus motivos a lo establecido.
¿Qué es un recurso extraordinario?
Un recurso extraordinario es, al contrario que el ordinario, el que sí presenta una serie de motivos limitados para su interposición, con el objetivo de establecer los poderes del tribunal.
Un ejemplo de recurso extraordinario sería el de casación, donde la ley establece un número limitado de motivos para ser presentado.
Otras clasificaciones de Recursos
Una vez vistas y aclaradas las características de los dos tipos de recursos en base a la clasificación de sus motivos, delimitados (extraordinario) o no delimitados (ordinario), le recomendamos que consulte otras clases de recursos:
- Según el órgano que resuelve el recurso, los hay devolutivos y no devolutivos.
- Según el contenido por el que se pronuncia el recurso, en este caso existen los materiales y los procesales.
➤ Otros Modelos de Recurso:
- Recurso de Apelación
- Recurso Potestativo de Reposición
- Recurso de Amparo
- Recurso de Alzada
- Recurso de Casación
- Recurso Contencioso Administrativo
- Recurso de Revisión Penal
- Recurso de Reforma Penal
- Recurso de Aclaración
- Recurso Extraordinario de Revisión
- Recurso Multa Confinamiento
- Recurso de Queja
- Recurso de Súplica
- Recurso de Inconstitucionalidad
- Recurso de Revisión Civil