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Derecho Objetivo y Subjetivo

Bienvenidos una vez más a un nuevo post de nuestro blog sobre temas legales. En este caso vamos a adentrarnos en el mundo del derecho para conocer dos conceptos muy básicos pero muy interesantes, el derecho objetivo y el derecho subjetivo.

Derecho Objetivo

El Derecho Objetivo puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan la convivencia en sociedad y se impone a la conducta humana de una forma coactiva. Puede enfocarse desde dos orígenes diferentes, por un lado desde la perspectiva de la existencia de derechos naturales derivados de la propia condición humana, y por otro lado, desde la perspectiva del derecho positivo, que es creado expresamente por una soberanía.

Ejemplos Derecho Objetivo

Podrían ser las leyes, las costumbres, las resoluciones judiciales o los preceptos doctrinarios.

Características del Objetivo

Las características principales que califican al derecho objetivo son:

  • Doble Origen: como ya hemos mencionado, una de las características es que tiene dos orígenes, el derecho natural y el derecho positivo.
  • Escrito o Consuetudinario: puede ser de dos tipos, el escrito son las normas, leyes y reglamentos, mientras que el consuetudinario son las costumbres.
derecho objetivo y subjetivo

Derecho Subjetivo

Es la facultad jurídica que le atribuye el derecho subjetivo a una determinada persona. Digamos que es una facultad para usar o disfrutar de una cosa o manera más o menos completa, o bien de exigir a una persona una cierta prestación o comportamiento que tiene de dar o hacer. También nos da la capacidad de exigirle a otro que su conducta tenga que ser de acuerdo al derecho objetivo.

Ejemplos Derecho Subjetivo

En el caso de que alguien construya una casa en un terreno edificable, ese individuo está ejerciendo su derecho como sujeto y por tanto es derecho subjetivo. O en el caso de que una persona se exprese libremente sobre su religión también está llevando a cabo esa facultad de obrar conforme al derecho objetivo pero desde la perspectiva del sujeto.

Clasificación del Subjetivo

El derecho subjetivo se puede clasificar u ordenar de tres formas diferentes:

  • Según Conducta:
  1. Conducta propia: es el permiso para llevar a cabo o no un tipo de acción
  2. Conducta Ajena: es el permiso para solicitar a otra persona que tenga una conducta objetivo, es decir, ajustada a la ley.
  • Según Efecto:
  1. Relativa: presentar un derecho ante otro individuo.
  2. Absoluta: presentar un derecho frente a la sociedad.
  • Según Régimen Jurídico:
  • Pública: facultades ante el Estado.
  • Privada: facultades ante particulares.

Diferencias entre Objetivo y Subjetivo

Podemos decir por tanto que el derecho objetivo enfoca el derecho desde la perspectiva del objeto, mientras que el subjetivo lo enfoca desde la perspectiva del sujeto, es decir, del propio individuo.

No se trata de modelos antagónicos y enfrentados. Sino que son complementarios, ya que el derecho objetivo es la base para que se desarrolle el subjetivo y para que se de un ordenamiento social justo.

Pues hasta aquí amigos nuestro paseo por estos conceptos básicos del derecho. Hasta la próxima.

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Ricardo Azcarate Amador

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