Saltar al contenido

Acción y Pretensión

Bienvenido a un nuevo post sobre derecho procesal, en esta ocasión os contaremos acerca de los términos de acción y pretensión. En primer lugar explicaremos qué es la acción y la pretensión, luego veremos cuáles son sus distinciones y por último, entenderemos cómo se unen.

¿Qué es la Acción?

Entendemos por la Acción como ese derecho a obtener esa tutela judicial efectiva y reconocida en la Constitución Española. Y el hecho de obtener la tutela judicial significa que una persona, ya sea español o extranjero, es garante del derecho de poder acceder a la justicia, sim importar la situación económica de esta persona, ya que tienen derecho a acudir a la justicia de forma gratuita. E incluso, cuando ha habido un número de personas que han visto afectadas sus derechos y por tanto ver perjudicada esa tutela, por lo que podrán ejercer la acción popular.

Es decir, que la acción significa es un derecho que se pide al juez a través del proceso con el objetivo de llegar a esa tutela judicial efectiva.

Características de la Tutela Judicial Efectiva

Esta tutela tiene una serie de características que conforman su contenido y son:

  • Derecho de acceso a la justicia gratuita para personas en una situación precaria o de discapacidad.
  • Derecho a sentencia del fondo, lo que significa que el juez y su sentencia tienen que estar motivadas y razonadas de una forma justa.
  • Derecho a la ejecución, ya que una sentencia no valdría de nada si no fuera ejecutiva. Por ello, es la coacción del Estado la que pesa sobre la resolución del juez.
  • Derecho a recurrir, que viene a ser en definitiva el derecho a poder revisar aquella decisión que ha tomado el juez, ante los órganos de jurisdicción.
acción y pretensión

¿Qué es la Pretensión?

La pretensión viene a ser la declaración de voluntad petitoria que se dirige a los órganos de jurisdicción a través del proceso. Y mediante ese proceso el juez toma una decisión de actuar o requerir algo a las partes. La pretensión puede ser declarativa, es decir esa acción petitoria de la voluntad. Y dentro de las pretensiones declarativas existen 5 formas distintas de representarse:

  • La pretensión meramente declarativa: solo se realiza con el objetivo de declarar un derecho o propiedad. Por ejemplo cuando se declara que un terreno pertenece a un propietario.
  • Pretensión constitutiva: se trata de la modificación, extinción o creación dentro de una relación jurídica. Por ejemplo cuando hay una disputa entre dos partes acerca de la propiedad de un terreno.
  • La pretensión de condena: es cuando se pide al juez que condene una decisión que ha tomado en otro juicio, es decir, que cambie su sentencia.
  • La pretensión ejecutiva: es aquella que pretende satisfacer la ejecución.
  • La pretensión cautelar: vendría a ser aquella prevención que toma una de las partes sobre el objeto que está en litigio. Por ejemplo, cuando se discute sobre un bien, el juez puede tomar una pretensión cautelar para mantenerlas bajo custodia para que no se pierdan.

Diferencias entre Acción y Pretensión

Ahora vamos a comparar la acción con la pretensión. Mientras que la acción es un derecho, la pretensión es una voluntad de las partes. La suma del derecho y la voluntad, lo que nos hace ver es que nos traslada a través del proceso al juez, primero mediante la tutela judicial efectivo y segundo a través del requerimiento al juez para que ejerza unos derecho sobre la otra parte. En resumen, la acción y la pretensión se encuentran dentro de la misma parte, luego irían hacia el proceso, y de ahí a la jurisdicción. Y será el juez en definitiva el que a través de las partes se encargará de hacer las sugerencias a las partes.

Ricardo Azcarate Amador

Contenidos